Continuando con hacer del conocimiento de los miembros de la Fundación FUNVIVES, ( y agregamos nosotros en IberoPress Reporters) de los artículos de nuestra Constitución hago referencia al No. 107: La educación ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no formal. Es de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y privadas, hasta el ciclo diversificado, la enseñanza de la lengua castellana, la historia y la geografía de Venezuela, así como el principio del ideario bolivariano.
Por lo que sugiero que además de los artículos anteriores y este, todos debemos ampliar nuestros conocimientos a través de las diferentes leyes inherentes a la materia con la finalidad de ser mejores defensores al respecto. Abog. Rosa Maria Suárez Roa. Coordinadora de Educación Ambiental de FUNVIVES.
