Foto: Wilmer Partidas
Es innegable, que si se planifico una respuesta cónsona frente a las realidades traumáticas, que incluso arrojo los acontecimientos de las pasadas elecciones del 28 de Julio de 2024; es decir se diseño un plan bien pensado y dentro del marco de la legalidad internacional, subsumido en los Derechos humanos y Convenciones Internacionales. Se uso y se invoco, como escudo de protección” la figura jurídica del Asilo Diplomático”, vigente y con mucha evolución histórica y jurídica en el Derecho Internacional Público. Quien la utilizo, demostró ser conocedor de los callejones legales que establece el laberinto de las complejidades políticas, para llegar a los caminos que lo condujera al Reino de España. Cierto, el líder accidental de la oposición es el nuevo huésped de ese país y más que su cualidad y condición, estuvo articulado en el cumplimiento de los extremos políticos y la anuencia discrecional del Estado, quien decidió acogerlo bajo esa figura jurídica , para ir más allá y obtener el derecho de Asilo, con las consecuencias favorables de entrar, de ser recibido, de no ser expulsado , de no ser castigado , ni perseguido , ni restringir su libertad, de no ser extraditado, de no ser devuelto y de permanecer en ese Estado receptor como una garantía de ese Derecho extraterritorial .El líder accidental de la oposición es un asilado , no es un refugiado, con la curiosidad de que el Líder accidental de la oposición, se le imputaron con una velocidad procesal incomparable un cumulo de supuestos delitos políticos y comunes , sin que al fin y al cabo existiera una sentencia definitiva firme, que por cierto aseverara lo que realmente supuestamente ocurrió .
En efecto, bajo este minúsculo exegesis, es oportuno señalar, que dentro del contexto planteado el Derecho de asilo en principio está contemplado en el Articulo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948),en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 1 de Diciembre de 2009 – articulo 18 , La Convención de Ginebra de 28 de Julio de 1951 y la ley Española de Asilo y Protección subsidiaria del 30 de Octubre de 2009, cuerpo jurídico que se convirtió en un escudo protector en los derechos e intereses del líder accidental de la oposición en su Derecho de Asilo. En este sentido, con una vía jurídica y con argumentos sólidos consiguió resolver y proteger las integridades tangibles e intangibles de sus derechos individuales. Sin embargo, frente a esa conducta de ese líder accidental de la oposición e icono de una lucha histórica-colectiva de una parte de la sociedad , cabe preguntarse: ¿Dónde quedaron los derechos Colectivos tangibles e intangibles de los Venezolanos, en un país que sufre la confrontación de un Estado, que siente desconfianza hacia sus conciudadanos, por percibir que estos supuestamente conspiran para destronar al Estado o en un país, donde los ciudadanos , sienten que supuestamente son atropellados en sus derechos individuales y colectivos?; es decir con una perenne desconfianza y ausencia de armonía entre Estado y ciudadanos, los venezolanos/as en su realidad diaria les tocara vivir aquí y más con incertidumbres de todo tipo y lejos de una felicidad cierta , que se aleja y más por la confrontaciones políticas, tanto nacionales e internacionales que sufre Venezuela .
En este orden de ideas, frente a esta salida salomónica individual, se encuentra la argumentación y se mantiene de que ante todo hay que proteger la vida del líder accidental de la oposición, como una forma de tener izadas las banderas de triunfo en resultados, no concretados por la ausencia de una supuesta y correcta proclamación. Se promete continuar la lucha desde el exterior y dentro de la Comunidad Internacional , sin que aunque no deje de ser esperanzador para los electores , tendríamos que preguntarnos : ¿Es que a caso se le podría olvidar , que hoy por hoy , la Comunidad Internacional es una Sociedad Internacional de negocios , donde no existen amigos , ni enemigos , sino intereses nacionales?. ¿Es que acaso , la Comunidad Internacional es voluble y cambia de posiciones , como un ser humano cambia de ropa interior ? .¿ Se le olvidara que el mundo con la globalización es un negocio planetario?. Se le olvidara que en términos pragmáticos y de forma implícita, los gobiernos son reconocidos internacionalmente por el calibre de negocios y capacidad de cumplir con sus deudas y compromisos internacionales ?. Es por eso, que sin desestimar la experiencia diplomática del líder accidental de la oposición, que tuvo en la guerra fría , en un mundo que ha cambiado mucho en las relaciones internacionales, que son de intereses calculados , Como se haría fructífera la lucha desde el exterior , cuando la Diplomacia pudo ser desde la vía telemática y por medio de emisarios , para la comunicación personal y cuando fuere necesario ?. A lo mejor en términos hipotéticos, la lucha tenía que ser adentro y con comunicación telemática hacia afuera.
Finalmente ,no me gustaría sentir que una huida hacia adelante es otro error histórico, por tales razones invoco una frase de un hombre insigne :
“ ……La historia y nuestro pueblo, podrán reclamarnos mañana ,si evadimos el compromiso solemne ,si desertamos del rumbo, si abandonamos la marcha .”