¿Está en juego el derecho de ciudadanía Italiana por descendencia filiatoria?

ITALIA IUS SANGUINIS. De acuerdo a los Estados y sus constantes normativas migratorias, ITALIA está a punto de vivir un momento importante en el debate sobre el derecho a la ciudadanía por descendencia.  La propuesta de reforma en la ley de ciudadanía, a través del principio jurídico fundamental que permite a los descendientes de emigrantes italianos solicitarla, por el mero hecho de ser parientes consanguíneos de emigrantes italianos, hoy está en juego; pues en las últimas semanas se ha levantado un terremoto Político en Italia, de acuerdo al proyecto de Ley presentado recientemente ante el  Senado por el Ministro de Asuntos Exteriores, AntonioTajani, Número 1, en el partido (FI) Forza Italia, Fundado por Silvio Berlusconi. 

Recordemos que la Ley de ciudadanía italiana N.91 de 1992 establece en su Artículo. 1, que la ciudadanía se adquiere “por nacimiento de padre y madre ciudadanos” transmitiéndose por descendencia (Iure Sanguinis), siempre y cuando se cumpla en línea paterna la demostración filiatoria de un antepasado italiano (varón). Por línea materna, aplica únicamente este principio a los descendientes de italianos, desde la entrada en vigor de la constitución Italiana.

Para proteger a los hijos de emigrantes italianos en terceros Países, el Parlamento Italiano reconoció las sentencias del Tribunal Constitucional N.87 del año 1975 y N.30 del año 1983, donde expresan el reconocimiento del Status Civitatis (pertenencia de un individuo en una soberanía). Evolucionando el criterio Italiano en esta materia, una importante sentencia del Tribunal de Casación en 2009, dio un giro sorprendente al Status Civitatis, cambiando la orientación con respecto a ambas sentencias anteriores y dictando que el derecho de un hijo proveniente de una mujer italiana en el extranjero, también debe ser reconocido siempre que haya un descendiente italiano (varón) nacido antes de 1948. Tenemos desde entonces un puente vital entre ITALIA y su diáspora mundial, permitiendo a los descendientes de cuarta, quinta, sexta y demás generaciones italianas hasta 1861, mantener un vínculo con su País de origen. 

En materia de ciudadanía italiana IUS ITALIAE, tiene un proyecto de Ley expuesto por su partido Forza Italia, donde pretende revisar “los criterios y requisitos” para conceder la ciudadanía italiana a los descendientes de emigrantes italianos. Lo que directamente nos afecta en este proyecto, es la reducción generacional en la transmisión de ciudadanía Italiana por lus Sanguinis. El extranjero con sangre italiana ya no podrá tener la ciudadanía si los padres, abuelos y bisabuelos nacen en el extranjero. Esta disposición se aplicaría exclusivamente a los nacidos después de la entrada en vigor de esta Ley. Las palabras textuales de Antonio Tajani, fueron «Hemos decidido reducir el árbol genealógico y queremos que el principio sea válido hasta el bisabuelo» explicó el actual Vicepresidente del Consejo de Ministro. 

Es un delicado debate, pues la ciudadanía no es un negocio de políticas para ganar populismo, posiciones temporales o individuales. 

El extranjero que por derecho desee obtener la ciudadanía italiana de acuerdo a sus lazos de sangre, tendrá una restricción absoluta de ser promulgada esta Ley.  Estamos frente a un movimiento que quiere reivindicar su carácter más centrista y moderado, que refleja el distanciamiento ideológico de sus aliados en el Parlamento Europeo. Proclaman los valores proeuropeos para ganarse el centro del campo político, reequilibrando también los pesos dentro de la coalición gubernamental italiana. A la fecha de hoy se entienden como valores extemporáneos ante el gran avance civil interno.

En un contexto general es evidente el incremento de la movilidad humana global y al contrario de los criterios actuales de Italia; los demás Países han comenzado a cooperar mutuamente, en reformas migratorias internacionales de acuerdo a las necesidades presentes, empezando por las instituciones con nuevas tecnologías y procesos flexibles sobre este tema. Se ha expuesto la necesidad de reorganizar las sociedades, sus instituciones su Democracia Integral en beneficio de las libertades individuales, libertad de elección, de culto, de expresión, libertades colectivas, etc., que tienen en cuenta los aspectos más importantes del Ser Humano. 

Responder a los Asilos como consecuencia de las políticas de algunos Estados, a la crisis humanitaria y a la exigencia de Paz,  permitieron desde el 2018 los programas de PAROLE, en Estados Unidos, creaciones de nuevos conceptos de Visados en la Unión Europea, e incentivos laborales en los pueblos Portugueses, Itálicos e Ibéricos, para repoblar exitosamente las zonas, donde la tasa de ciudadanos nacionales no cubre las necesidades básicas de desarrollo. Gracias a la estructurada migración, se han balanceado los vacíos poblacionales.

La libertad personal, constituye uno de los pilares sobre los que se asienta la convivencia humana; como derecho ampara las situaciones que se traducen en movimientos físicos de  personas,  permitiendo organizar su vida individual o social conforme a sus libres opciones y convicciones. La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) es un documento que sirve de plan de acción global para la libertad y la igualdad protegiendo los derechos de todas las personas en todos los lugares. 

Me lleva a la reflexión entender porque ITALIA, en estos momentos pretende desalinear el espíritu de las reformas migratorias a favor de la Humanidad? 

La Convivencia Multicultural ha demostrado la eficacia en el desarrollo de los Estados. La Ley sobre la Ciudadanía italiana data de 1992 y se rige por el principio del “Ius Sanguinis” para todo los demás, se aplica el principio de naturalización en niños y adultos residentes del País. No hace falta una Ley migratoria nueva, otras prioridades en Italia están necesitando ser resueltas en el Estado. 

La propuesta de Antonio Tajani, no ha gustado en los diversos partidos Italianos especialmente al Vice primer ministro, Matteo Salvini, cerrado de inmediato a cualquier cambio en las normas que regulan el reconocimiento de la ciudadanía. Muy bien concluyó diciendo «no es una prioridad, no está en la agenda del gobierno», «una ley que funciona no se puede cambiar». 

FIN.

“Si el derecho lo asiste no dude ejercerlo”.

Escrito por. Abg. Adriana Izaguirre.

Experta en Migración y Extranjería a Europa

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